Preguntas Frecuentes

a) Vehículos Particulares, tendrán el siguiente esquema de verificación:

• Los Vehículos 0 Km: Cuenta con un período de gracia de 36 Meses

• Los Vehículos con hasta 7 años de antigüedad: cada 24 meses

• Los Vehículos de mas de 7 años de antigüedad: cada 12 meses

b) Vehículos de Carga y Transporte de pasajeros (excepto taxis, remisess y transpotrtes escolares): se revisarán cada 12 meses.

c) Taxis, Remises y Transporte Escolares: se revisarán cada 6 meses.

d) Motocicletas: se revisarán cada 12 meses. Las Okm. Tendrán un período de gracia de 24 meses.


Por medio de la asistencia programada con turnos para los vehículos de uso particular y por contar además con personal capacitado y sistemas con la última tecnología evitamos que se generen demoras en la atención. El tiempo promedio de permanencia en nuestras instalaciones es de 20 minutos.


Las revisiones técnicas que se realizan en nuestro taller son para los automóviles tiene vigencia nacional y para los vehículos de carga – minibuses y buses validez provincial.


No sólo sirve para salir del país, sino que será una documentación obligatoria a presentar en la aduana de frontera.


Significa que el vehículo no cuenta con defecto alguno, por lo que obtendrá la oblea correspondiente que le indicará el mes y año de vencimiento de la RTO y será colocada en el parabrisas. Además recibirá el certificado de inspección donde consta la fecha de vencimiento y el informe de inspección, e


Significa que se le ha detectado uno o más defectos moderados; los mismos se detallan en el informe de inspección que se le entregará. Si al verificar el vehículo presenta algún defecto se le dará un plazo de 60 días corridos para solucionar el problema. Si vuelve dentro de ese plazo, no tiene que v


Significa que se le ha detectado uno o más defectos graves, los cuales se detallan en el informe de inspección que se le entregará. El vehículo no se encuentra por lo tanto en condiciones de circular y por tal motivo no se le entregará oblea ni certificado. El Servicio debe ser abonado, si vuelve de


Las observaciones que se le realicen al vehìculo constituyen puntos a tener en cuenta, que recomendamos solucionar, pero no implican un impedimento para aprobar el vehículo ni para circular. Una vez solucionados esos puntos no es necesario volver a pasar por una nueva inspección.


La solicitud de turno o la constancia de reserva del mismo NO habilitan a circular con la RTO vencida o sin la misma.


Una vez vencida, la RTO no tiene más vigencia, lo que implica que en caso de circular se arriesga a las posibles infracciones y/o inconvenientes que puedan suceder.


No es necesario, la obligatoriedad de la RTO es para circular en la vía pública.


Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, por el cual son motivo de rechazo al verificar. Los vidrios espejados también son motivo de rechazo.


No, el precio es el que se encuentra vigente, no sufrirá ningún tipo de recargo.


La verificación técnica puede ser solicitada por Gendarmería Nacional, la Policía Federal y los controles que realiza la Agencia de Seguridad Vial.


Sí, puede venir cualquier persona, no es necesario que concurra el titular del vehículo.


En ambos casos deberá realizar una nueva inspección técnica, ya que ni fotocopia ni denuncia sirven para circular. La oblea adherida en el parabrisas sin el certificado correspondiente no tiene validez.


En este caso usted debe presentar el certificado de RTO en el lugar en que le realizan el cambio del parabrisas para que en el dorso del certificado le justifiquen la pérdida de la oblea por cambio de parabrisas. El certificado de RTO sin la oblea adherida en el parabrisas, pero con la justificación


No, el Concesionario se encuentra inhabilitado para realizar reparaciones en un vehículo sometido a verificación